Procedimiento para afiliarse y re afiliarse a la Sociedad de Ciencias Forenses en Baja California A.C.

Según refiere el articulo 16° de los estatutos que rigen la Sociedad de Ciencias Forenses en Baja California A.C .para ingresar como miembros de  la Sociedad, deberán cumplir con los requisitos que se establecen a continuación:


​A)   Llenar un formato de solicitud de ingreso a la SOCIFO, en la que manifiesten su interés por pertenecer a la asociación y protestar su compromiso de cumplir fielmente con los estatutos que rigen a la misma  (carta de exposición de motivos).


​B)​Currículum Vitae en el que se señale la antigüedad que tenga en el servicio público o en el ejercicio profesional.


c) En el caso de Miembros Titulares anexaran documento que describa la institución educativa, organización o asociación y en este se expliquen claramente sus principios, fines generales y toda la información acerca de la composición de su organización y/o planta de profesores,  planes y programas de estudio y sobre los medios de enseñanza (Métodos y Técnicos).


​D)​Cubrir la cuota de admisión señalada por el Consejo Directivo y aprobada por la Asamblea General.


​E)​En el caso de cualquier aspirante que desee ingresar como miembro deberá de traer consigola Presentación de Trabajo de Investigación en modalidad de artículo, tesina, monografía o ensayoque podrá ser expuesto ante el Consejo Directivo y ala Asamblea en Pleno. Los tópicos a tratar versaran en cualquier disciplina afín a las ciencias forenses, presentando dicho trabajo en forma previa a la Comisión de Desarrollo Académico, Educación y Ciencia para su valoración y calendarización


ACLARATORIA : La SOCIFO se reserva el derecho de admisión, por lo que las solicitudes serán recibidas por el Consejo Directivo y se turnarán a una Comisión para que se analice, fundamente y dictamine si procede o no su ingreso a la Sociedad.


I.- El dictamen de aceptación o negativa de ingreso ala SOCIFO, será notificado por correo electrónico o telefax que hayan señalado en el formato de solicitud, en un término que no excederá de 30 días hábiles que se contarán a partir de la fecha de presentación de la solicitud.

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