El Estado tiene que establecer límites y controles garantizando el respeto de los derechos fundamentales, incluida la vida de los agentes. Socifo BC


Tijuana, B.C.- La participación de el maestro Alberto Hidalgo Montes durante la celebración de el primer ciclo de conferencias organizado por las Asociaciones Socifo e Iris, con la disertación de la conferencia “La legítima defensa en el marco del nuevo sistema de justicia penal".  
La legítima defensa es una causa de exención de la responsabilidad penal o de atenuación de la condena, si se ha extendido en su uso, cuando la comisión de un hecho ilícito, tipificado como tal, lo ha sido con fines de defenderse de un ataque a su persona y/o a sus bienes.
Refirió que el Estado tiene que establecer límites y controles que garanticen el respeto de los derechos fundamentales y tienen la obligación de castigar cualquier abuso, cualquier exceso que pudiera llegar a cometerse.
Los fundamentos jurídicos de la legítima defensa están contenidos en el Código Penal Federal; en el artículo 15 fracciones IV y VI; en el Código Penal del Estado de Baja California en el artículo 23 Fracciones III, IV, V, VI; así como en tesis y jurisprudencias de la Suprema Corte de la Nación y de los Jueces Federales de Circuito.
Señaló que es importante que las causas de exclusión y/o justificación permitan u obligan la lesión de un bien jurídico en razón de intereses que se han estimado prevalentes; pero la lesión misma no desaparece. Así mismo enumeró el orden de importancia de los bienes Jurídicos protegidos: 1-Vida, 2-Integridad física, 3-Libertad, 4-Propiedad y 5-Libertad sexual.
La aplicación de la fuerza es la aplicación técnica de control que tiene como objetivo ÚNICO controlar individuos y los niveles de fuerza serán usados dependiendo de las circunstancias en el tiempo preciso en el que ocurran. El agente policial reacciona a las acciones de un individuo y los niveles de fuerza utilizados dependerán de la resistencia ofrecida por el individuo, estos niveles de fuerza son: Medios no violentos; técnicas suaves; técnicas duras y por último la fuerza mortal.
“Lo que debemos tener en claro es que la ciencia cada vez estará más presente en las salas de audiencia, de modo que no podemos como abogados y/o peritos quedarnos ajenos a esas discusiones, ya que es parte de nuestro trabajo estar preparados para cuestionar a los especialistas con el fin de acercarnos a testimonios científicos sólidamente construidos y en esa virtud creíbles para el juzgador”

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